Inicio / Personas / Andrés Manuel Gómez Gordo Última actualización · 2026-05-26 18:30 UTC

Ficha de persona · Figura pública

Andrés Manuel Gómez Gordo

1 caso referenciado · 2 roles en total
1.

Biografía

Andrés Manuel Gómez Gordo es un inspector jefe español del Cuerpo Nacional de Policía, próximo profesional y personalmente a María Dolores de Cospedal García en el periodo en que ésta presidió la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Por auto del Juzgado Central de Instrucción nº 6 de la Audiencia Nacional fue investigado y, por auto del mismo órgano del 29 de julio de 2021, procesado en la pieza separada nº 7 de las Diligencias Previas 96/2017 (Operación Kitchen) por su presunta función como nexo en el reclutamiento del confidente Sergio Ríos Esgueva y en la transmisión de información al ex Director Adjunto Operativo Eugenio Pino Sánchez y al ex secretario de Estado de Seguridad Francisco Martínez Vázquez. La Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada solicita en su escrito de acusación pena de prisión e inhabilitación por presuntos delitos de encubrimiento, malversación de caudales públicos y contra la intimidad. Rige el principio de presunción de inocencia mientras no recaiga sentencia firme en contrario.

2.

Casos donde aparece

1 caso
3.

Trayectoria procesal completa

2 roles
Periodo Rol Caso Delitos atribuidos
2021-07-29 → vigente Procesado Caso Kitchen
  • Malversación de caudales públicos
  • Cohecho
  • Prevaricación administrativa
  • Revelación de secretos por funcionario público
2019-05-01 → 2021-07-29 Investigado Caso Kitchen
  • Malversación de caudales públicos
  • Cohecho
  • Prevaricación administrativa
  • Revelación de secretos por funcionario público
4.

Cómo se ha redactado esta ficha

Los datos personales se limitan a lo procesalmente relevante (V-17). Si esta persona ha cerrado todos sus roles activos y no es figura pública, su entrada quedará revisada conforme al protocolo de anonimización del repositorio.

  • Estado de publicación: borrador
  • Última revisión editorial: 2026-05-24
La condición de investigado, procesado o acusado no implica valoración de culpabilidad. Rige el principio de presunción de inocencia mientras no recaiga sentencia firme.