Político español del Partido Popular nacido en Ponferrada
(provincia de León). Licenciado en Derecho por la Universidad
Complutense de Madrid (1978) y Máster en Administración de
Empresas por ICADE (1986). Fue diputado de la Asamblea de
Madrid entre 1991 y 2003, primero como secretario general del
Grupo Parlamentario Popular y después como portavoz del
grupo. Acompañó a Alberto Ruiz-Gallardón al Ayuntamiento de
Madrid en 2003, donde fue concejal hasta 2012 y primer
teniente de alcalde durante todo el mandato de Ruiz-Gallardón;
ejerció como alcalde en funciones durante los cinco días
comprendidos entre la dimisión del primero el 22 de diciembre
de 2011 (para asumir la cartera de Justicia en el gobierno de
Mariano Rajoy) y la toma de posesión de Ana Botella el 27 de
diciembre del mismo año. Tras una crisis de salud que requirió
trasplante doble de pulmón, regresó a la política activa en
2023 como diputado del Congreso de los Diputados por la lista
del Partido Popular por Madrid. Fue citado como investigado en
la pieza Inassa del caso Lezo y sobreseído provisionalmente
por auto del titular del Juzgado Central de Instrucción nº 6
de la Audiencia Nacional Manuel María García-Castellón
García-Lomas de 30 de mayo de 2019 a petición del Ministerio
Fiscal, junto con Alberto Ruiz-Gallardón y otros trece
investigados. El sobreseimiento provisional no implica condena
ni absolución: rige el principio de presunción de inocencia.
Vínculos formales documentados en los que aparece esta persona. Este bloque
queda separado de la trayectoria procesal para no confundir relaciones
institucionales con rol en un procedimiento.
Militante del Partido Popular y político de dilatada trayectoria en el partido: diputado de la Asamblea de Madrid (1991-2003), concejal y primer teniente de alcalde del Ayuntamiento de Madrid (2003-2012) por las listas del PP bajo Ruiz-Gallardón, y diputado del Congreso de los Diputados desde 2023 por la lista del PP por Madrid. Fue investigado en la pieza Inassa del caso Lezo y sobreseído provisionalmente en mayo de 2019 a petición del Ministerio Fiscal.
Los datos personales se limitan a lo procesalmente relevante (V-17). Si esta persona ha cerrado todos
sus roles activos y no es figura pública, su entrada quedará revisada conforme al protocolo de
anonimización del repositorio.
Estado de publicación: borrador
Última revisión editorial:2026-05-24
La condición de investigado, procesado o acusado no implica valoración de culpabilidad. Rige el principio de presunción de inocencia mientras no recaiga sentencia firme.