Político español, exsecretario de Organización del PSOE. Investigado tanto
por el Tribunal Supremo en el caso Koldo como por el JCI nº 5 de la
Audiencia Nacional (auto Pedraz del 26 de mayo de 2026) en la pieza A del
caso Leire Díez, en relación con presuntos pagos del PSOE a la red de
Díez Castro por valor mínimo documentado de 188.000 €.
Las cifras proceden de hechos concretos de cada caso y conservan su grado de
prueba y su nivel de fuente. Se agrupan por el papel económico del sujeto en
cada hecho —distinto del rol procesal— y no implican condena: la mayoría
corresponde a procedimientos abiertos. «Conducta atribuida» no afirma que el sujeto percibiera
el dinero.
Cifras de los hechos que se le atribuyen
Dinero en juego en hechos que se le atribuyen. No consta que lo percibiera: puede ser un perjuicio a un tercero.
Total en juego en los hechos que se le atribuyen
188.000 €
Suma de los importes de los hechos donde el sujeto figura con este papel; las partidas que desglosan un total y los hechos archivados se muestran pero no acumulan. Cada cifra conserva su grado de prueba.
Según el auto del juez Pedraz del 26 de mayo de 2026, se investiga si Santos Cerdán García habría autorizado pagos del PSOE a la red de Díez Castro por un importe mínimo documentado de 188.000 euros, canalizados presuntamente mediante facturas falsas a través de empresas vinculadas a Gaspar Zarrías Arévalo y de la sociedad del abogado Ismael Oliver. El auto incluye a Cerdán, Zarrías y Oliver, entre otros, entre los investigados en relación con esta presunta financiación irregular, sin que ello suponga prejuicio de culpabilidad. Rige el principio de presunción de inocencia.
Importe mínimo documentado de pagos del PSOE a la red, canalizados presuntamente mediante facturas falsas (auto del juez Pedraz del 26-may-2026). Es un mínimo documentado, no un total cerrado.
Secretario de Organización del Partido Socialista Obrero Español. Cargo de la Comisión Ejecutiva Federal que ostentó hasta principios de 2025, cuando cesó tras su imputación en el caso Koldo por el Tribunal Supremo.
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